Congreso de Michoacán aprueba reforma que obliga a conservar documentación por cinco años
Con la finalidad de proteger los derechos de los contribuyentes, las y los diputados de la 76 Legislatura aprobaron una reforma al artículo 53 del Código Fiscal Municipal, mediante la cual se obliga a las dependencias públicas a conservar la documentación comprobatoria por un plazo de cinco años.
En Sesión Extraordinaria, el Pleno Legislativo aprobó el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda y Deuda Pública, derivado de la iniciativa de la diputada Ana Belinda Hurtado Marín, que además derogó el artículo 24 del citado Código. También se adicionó el Título Tercero BIS, un Capítulo Único y el artículo 53 BIS, recorriéndose los subsecuentes en su orden.
El nuevo Artículo 53 BIS establece que la documentación comprobatoria del cumplimiento de obligaciones fiscales deberá ser conservada por cinco años tanto por las dependencias públicas que intervengan en la determinación, administración o cobro de contribuciones, como por los contribuyentes, en el domicilio fiscal registrado o señalado para tal efecto.
“La documentación deberá mantenerse disponible, íntegra y accesible para su verificación cuando las autoridades fiscales competentes lo requieran”, se precisa en el articulado.
En sus consideraciones, las y los integrantes de la Comisión señalaron que la reforma contribuye a fortalecer los derechos de los contribuyentes, pero también obliga a la autoridad emisora y a los ciudadanos a conservar los documentos probatorios.
“Con ello también garantizamos certeza al contribuyente a la hora de alguna aclaración sobre diversos supuestos que pueden surgir a la hora de hacer el pago o el cobro de dichas contribuciones”, se destacó.







