Prioriza 76 Legislatura la Salud Mental de Niñas, Niños y Adolescentes en Michoacán
Morelia, Michoacán, 20 de octubre de 2026.– Con el objetivo de fortalecer la prevención y atención oportuna de factores que afectan el bienestar emocional de la niñez y adolescencia, la 76 Legislatura del Congreso de Michoacán reformó el artículo 16 de la Ley de Salud Mental del Estado, para incorporar acciones específicas de orientación, información y sensibilización.
La reforma fue aprobada a partir del dictamen elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, derivado de una iniciativa presentada por el diputado Juan Carlos Barragán, ante la preocupación por los factores de riesgo que pueden presentarse durante estas etapas de la vida, como el estrés, la ansiedad y otras afectaciones emocionales que, si no se identifican y atienden oportunamente, pueden repercutir en el desarrollo integral.
Con esta modificación, se establece la obligación del Gobierno de promover acciones de orientación, información y sensibilización dirigidas a niñas, niños y adolescentes, así como a sus familias y personas cuidadoras, con el propósito de prevenir y detectar oportunamente situaciones que puedan poner en riesgo su salud mental.
Estas acciones deberán abordar especialmente los factores relacionados con el estrés y la ansiedad, mediante contenidos adecuados a la edad, etapa de desarrollo y contexto familiar, escolar y social de las personas destinatarias.
Las y los legisladores destacaron que la prevención de la salud mental va más allá de detectar trastornos, pues también implica brindar información oportuna, fortalecer los factores de protección, combatir el estigma, reconocer señales de riesgo y facilitar el acceso a orientación.
El dictamen señala que el estrés y la ansiedad pueden presentarse como respuestas temporales, pero también convertirse en factores que afecten el bienestar y el funcionamiento cotidiano. Por ello, la reforma mantiene a las familias como destinatarias de estas acciones e incorpora expresamente a las personas cuidadoras, a fin de reconocer las distintas realidades de cuidado.
Asimismo, se establece que las medidas deberán diseñarse con lenguaje claro, pertinencia cultural, accesibilidad, perspectiva de género y respeto a la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes.
La legislación también contempla que los contenidos eviten mensajes alarmistas o estigmatizantes y tomen en cuenta la edad, el desarrollo evolutivo y el entorno social de quienes los reciben.
Con estas modificaciones, la 76 Legislatura busca fortalecer la prevención y promover una cultura de información, sensibilización y cuidado de la salud mental desde las primeras etapas de la vida.


